1.– La dotación máxima para esta modalidad será de noventa mil (90.000) euros.
2.– Cada solicitante solo podrá solicitar una única solicitud de gira internacional.
3.– El importe máximo a recibir por cada gira de danza será el siguiente:
– Para las giras que se celebren en la España peninsular y en la Francia continental: cinco mil (5.000) euros.
– Para destinos de hasta 5.000 km de distancia o para giras de 15 o más representaciones en la España peninsular y en la Francia continental: diez mil (10.000) euros.
– Para destinos a más de 5.000 km o para giras de 15 o más representaciones en el tramo comprendido entre la España peninsular y la Francia continental y los 5.000 km: quince mil (15.000) euros.
– Cuando la gira sea de más de 15 actuaciones, se presentará la documentación y el presupuesto de 15 funciones, y solo estos serán subvencionables.
4.– No se aceptarán solicitudes de subvención de menos de quinientos (500) euros.
5.– Las distancias referidas en este artículo se calcularán de la siguiente manera: la distancia en línea recta entre el lugar de la representación y el domicilio o el establecimiento de la persona física o jurídica privada solicitante. Si la gira es continuada en el tiempo, también se tendrá en cuenta la distancia que haya entre el lugar de una representación y la siguiente. Para calcular la distancia, se utilizará la siguiente página web: http://www.distancefromto.net/
Actividades subvencionables
1.– Se considerará el siguiente formato: gira de danza.
Se considerará gira de danza la realización de un mínimo de 3 actuaciones en 3 ciudades diferentes, fuera del ámbito geográfico del euskera, en el año 2026.
Excepcionalmente, se considerará gira una única actuación en un festival internacional o feria profesional de danza. Estas tendrán que contar en su programación con compañías de al menos tres países y tener carácter profesional. El sitio web de la feria o el festival deberá tener, obligatoriamente, todo lo siguiente: programación con información referente a las obras y compañías, e información sobre el festival.
Se aceptarán los gastos de un máximo de dos ayudantes (técnico o técnica, director o directora...), además de los bailarines del grupo.
2.– No se concederán subvenciones para las siguientes actividades:
a) Actuaciones y verbenas incluidas en programas de fiestas.
b) Actuaciones realizadas en la calle sin contrato.
c) Actuaciones por las que no se recibe una contraprestación en forma de caché o taquilla. El caché deberá ser como mínimo de 125 euros por cada miembro del grupo.
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