Subvenciones a la movilidad: AT! Dantza (2026)

  • Subvenciones a la movilidad: AT! Dantza (2026)

1.– La dotación máxima para esta modalidad será de noventa mil (90.000) euros.

2.– Cada solicitante solo podrá solicitar una única solicitud de gira internacional.

3.– El importe máximo a recibir por cada gira de danza será el siguiente:

– Para las giras que se celebren en la España peninsular y en la Francia continental: cinco mil (5.000) euros.

– Para destinos de hasta 5.000 km de distancia o para giras de 15 o más representaciones en la España peninsular y en la Francia continental: diez mil (10.000) euros.

– Para destinos a más de 5.000 km o para giras de 15 o más representaciones en el tramo comprendido entre la España peninsular y la Francia continental y los 5.000 km: quince mil (15.000) euros.

– Cuando la gira sea de más de 15 actuaciones, se presentará la documentación y el presupuesto de 15 funciones, y solo estos serán subvencionables.

4.– No se aceptarán solicitudes de subvención de menos de quinientos (500) euros.

5.– Las distancias referidas en este artículo se calcularán de la siguiente manera: la distancia en línea recta entre el lugar de la representación y el domicilio o el establecimiento de la persona física o jurídica privada solicitante. Si la gira es continuada en el tiempo, también se tendrá en cuenta la distancia que haya entre el lugar de una representación y la siguiente. Para calcular la distancia, se utilizará la siguiente página web: http://www.distancefromto.net/

Actividades subvencionables

1.– Se considerará el siguiente formato: gira de danza.

Se considerará gira de danza la realización de un mínimo de 3 actuaciones en 3 ciudades diferentes, fuera del ámbito geográfico del euskera, en el año 2026.

Excepcionalmente, se considerará gira una única actuación en un festival internacional o feria profesional de danza. Estas tendrán que contar en su programación con compañías de al menos tres países y tener carácter profesional. El sitio web de la feria o el festival deberá tener, obligatoriamente, todo lo siguiente: programación con información referente a las obras y compañías, e información sobre el festival.

Se aceptarán los gastos de un máximo de dos ayudantes (técnico o técnica, director o directora...), además de los bailarines del grupo.

2.– No se concederán subvenciones para las siguientes actividades:

a) Actuaciones y verbenas incluidas en programas de fiestas.

b) Actuaciones realizadas en la calle sin contrato.

c) Actuaciones por las que no se recibe una contraprestación en forma de caché o taquilla. El caché deberá ser como mínimo de 125 euros por cada miembro del grupo.


En breve

  • Plazo Del 16 de Junio de 2026 al 30 de Septiembre de 2026
  • EntidadEtxepare Euskal Institutua
  • Tipo de convocatoriaSubvenciones y ayudas
  • SectorArtes escénicas
  • Convocatoria BASES

Esta ficha tiene una finalidad exclusivamente informativa y no puede ser considerada, en ningún caso, sustitutiva del texto legal vigente. Kulturklik se reserva el derecho de actualización y de rectificación, sin asumir al respecto ninguna responsabilidad.